¿Qué es el MESECVI?

La implementación efectiva de la Convención requiere un proceso de evaluación y apoyo continuo e independiente. Para ello, en octubre de 2004, la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) creó el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) con miras a contribuir a la consolidación de los objetivos establecidos en ella, y establecer un sistema de cooperación técnica entre los Estados Parte.

Su tarea principal consiste en asegurar que los Estados avancen en su implementación y garanticen el respeto de los derechos de las mujeres que la misma reconoce. Con este fin, el Mecanismo analiza los progresos, así como los desafíos persistentes en la respuesta estatal a la violencia contra las mujeres.

Los propósitos del Mecanismo son:

  • Dar seguimiento a los compromisos asumidos por los Estados Partes de la Convención y analizar la forma en que están siendo implementados.
  • Promover la implementación de la Convención y contribuir al logro de los propósitos establecidos en ella.
  • Establecer un sistema de cooperación técnica entre los Estados Partes, el cual estará abierto a otros Estados Miembros y Observadores Permanentes, para el intercambio de información, experiencias y mejores prácticas como medio de actualizar y armonizar sus legislaciones internas, cuando corresponda, y alcanzar otros objetivos comunes vinculados a la Convención.
Se trata de una metodología de evaluación multilateral sistemática y permanente, fundamentada en un foro de intercambio y cooperación técnica entre los Estados Parte de la Convención y un Comité de Expertas.
  • Es una metodología: utiliza un conjunto de procedimientos, como el sistema de indicadores, para obtener información sobre el desempeño de los Estados en el cumplimiento de la Convención.
  • Es de evaluación: significa que observa el desempeño de los Estados y analiza el avance de la situación de las mujeres y su derecho a vivir una vida libre de violencia.
  • Es multilateral porque participan los 32 Estados, el Comité de Expertas, la Sociedad Civil y la Secretaría Técnica del MESECVI.
  • Es sistemática y permanente porque, a través de las rondas de evaluación y seguimiento, está en constante funcionamiento.
  • Es de intercambio porque se basa en un diálogo entre el mecanismo y los Estados.

Utiliza un conjunto de procedimientos, como el sistema de indicadores, para obtener información sobre el desempeño de los Estados en el cumplimiento de la Convención.

Significa que observa el desempeño de los Estados y analiza el avance de la situación de las mujeres y su derecho a vivir una vida libre de violencia.

Porque participan los 32 Estados, el Comité de Expertas, la Sociedad Civil y la Secretaría Técnica del MESECVI.

Porque a través de las rondas de evaluación y seguimiento, está en constante funcionamiento.

Porque se basa en un diálogo entre el mecanismo y los Estados

Composición

La Conferencia de Estados Parte (CEP) está integrada por las Autoridades Nacionales Competentes; es decir, cada Estado Parte de la Convención nombra a una autoridad que participa en este órgano y que, en la mayoría de los casos, corresponde a la más alta instancia del país en materia de derechos de las mujeres, como los Ministerios de las Mujeres.
El Comité de Expertas (CEVI) es el órgano técnico del MESECVI y es responsable del análisis y la evaluación del proceso de implementación de la Convención. Está integrado por expertas independientes, designadas por cada uno de los Estados Parte, quienes ejercen sus funciones a título personal.
La Secretaría Técnica gestiona el funcionamiento del Mecanismo a nivel estratégico, administrativo y de coordinación entre los distintos órganos del MESECVI.
La Sociedad Civil esta representada dentro del mecanismo a través de diferentes organizaciones no gubernamentales que tienen como misión y objetivo la promoción, defensa y protección de los derechos de las mujeres.